sábado, 24 de noviembre de 2012

Textos sobre temas de actualidad: ayuda para el comentario crítico.

En esta entrada iré dejando textos sobre algunos de los temas más importantes de nuestra actualidad durante este curso 2012-13. Intentaré reflejar distintos puntos de vista para ayudaros a forjar vuestra propia opinión. En cualquier caso, como os he aconsejado en clase, debéis manteneros informados y ser críticos, a la vez que respetuosos y empáticos, para conseguir después expresar una visión madura de nuestra realidad. 

Agradezco vuestras sugerencias: si leéis algún texto interesante, enviadlo a mi correo.

Organizaré los textos en bloques temáticos:

1) DESAHUCIOS.

         TEXTO 1 (DESAHUCIOS)



Tribunas

Las medidas extraordinarias sobre los desahucios no alteran el principio del cumplimiento de las obligaciones. Hay que adoptar más, evaluándolas con celo y atendiendo a los más golpeados por la crisis
Miguel Temboury Redondo. 20/11/2012 00:08
Tomar el caso particular por general, y viceversa, y perder la coherencia con lo ya regulado son las dos principales amenazas para un sistema normativo eficaz.
Lo anterior guarda relación con las discusiones que se han producido en los últimos meses acerca de la protección de los deudores hipotecarios desahuciados de sus viviendas.
A la hora de determinar el ámbito general de la normativa en materia de desahucios, no debe olvidarse que los casos de insolvencia o de morosidad en las carteras hipotecarias representan una clara minoría. Apenas son ligeramente superiores al 3% del total. De la parte considerada morosa, una porción menor es la destinada a primera vivienda. De la morosidad de primera vivienda, una parte más reducida se refiere a deudores que no tienen otros recursos y que, caso de ser desahuciados de sus viviendas, perderían cualquier posibilidad de ser realojados.
Las medidas normativas que se adopten no pueden alterar el esquema general de cumplimiento de las obligaciones propio de nuestro sistema normativo y que tantos siglos ha costado construir. Este esquema general, basado en el principio de responsabilidad patrimonial universal, es el que ha conducido a tan bajas tasas de morosidad o, dicho de otro modo, a un principio de general cumplimiento de las obligaciones. ¿Alguien podrá afirmar que lo deseable sería que el cumplimiento de las obligaciones fuera excepcional? Si así fuera, lo que se tornaría en verdaderamente excepcional o prohibitivo sería el crédito, limitando en consecuencia el acceso a la vivienda en propiedad a los pocos afortunados que pudiesen pagarla de una vez y antes de entrar en su posesión.
El Real Decreto-Ley 27/2012, aprobado el pasado jueves, ha pretendido tratar con carácter excepcional lo que es excepcional y no tornarlo en regla general. Debe además tenerse en cuenta que el ámbito propio del decreto ley, según el artículo 86 de la Constitución, viene constituido por las medidas de extraordinaria y urgente necesidad.
Dentro de este real decreto, se han criticado especialmente los umbrales fijados para definir los segmentos de población más vulnerables y merecedores de la tutela que otorga la norma aprobada el jueves pasado. Se han puesto de manifiesto numerosos agravios comparativos que podrían resumirse en la "paradoja del decimal". ¿Qué ocurre con una familia que gane 3,1 veces el IPREM? ¿No es tan merecedora de protección como la que gana tres veces exactas? Probablemente sí, pero es necesario, inevitable, señalar límites. Los que finalmente se han establecido se han fijado de acuerdo con el Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales, recogiendo los colectivos que en otros ámbitos de asistencia social suelen ser considerados vulnerables y aplicando en definitiva un criterio coherente en esta materia.
Este Gobierno es el primero que ha mostrado una preocupación ante el problema de los desahucios y ha adoptado medidas al respecto, empezando por el Real Decreto Ley 6/2012, que contiene el conocido Código de Buenas Prácticas. Este código es de adhesión voluntaria por las entidades de crédito pero, una vez producida la adhesión, su contenido se torna en imperativo (con verdadera fuerza de ley) durante un plazo de dos años. Es un sistema jurídico novedoso que va más allá del denominado soft law anglosajón. Es literalmente una ley de adhesión voluntaria, pero con verdaderos y plenos efectos de ley, una vez producida la adhesión. La práctica totalidad de las entidades financieras españolas se han adherido al Código y se encuentran en la actualidad vinculadas por sus preceptos, lo que sin duda supone un gran avance.
Se puede plantear por qué dicho Código no tuvo carácter obligatorio desde un principio. La razón es relativamente sencilla: la alteración de las obligaciones contraídas, durante la vigencia de las mismas y en perjuicio de una de las partes, es un caso claro de retroactividad que conduce a la inseguridad jurídica. Y, lo que es más grave, hubiera dado lugar a un sinfín de pleitos y a una merma de la eficacia real de la norma. Mediante el sistema utilizado, se ha logrado que la aplicación del Código sea pacífica dentro de sus umbrales. Cuestión distinta es que dichos umbrales sean excesivamente restrictivos. Es posible, pero dada la falta de estadísticas fiables en la materia y el escaso tiempo de funcionamiento efectivo del Código, es preciso recopilar más datos para comprobar la necesidad de alterar dichos límites. En todo caso, ya se han producido las primeras reestructuraciones de deuda e incluso las primeras daciones en pago con alquiler social al amparo del Código y podemos estar seguros de que vendrán más en el futuro.
Otro aspecto sobre el que la gente se ha interrogado estos días es la razón por la cual el Gobierno y el principal partido de la oposición no han sido capaces de llegar a un acuerdo en una materia tan trascendental como esta. La razón fundamental es que el PSOE quería acometer en un decreto ley negociado en tres días todas las reformas que no quiso o no pudo hacer en toda su etapa de Gobierno, cuando la crisis ya se había manifestado en toda su plenitud. Lamentablemente un decreto ley no es el vehículo normativo adecuado para ello.
Un decreto ley permite adoptar medidas de rango legal que sean de extraordinaria y urgente necesidad, pero no son el medio idóneo para reformar con amplitud leyes estructurales de nuestro ordenamiento jurídico como son la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley Hipotecaria, la Ley Concursal u otras de semejante trascendencia y complejidad. Cualquier reforma en estas materias y en estos cuerpos legislativos debe ser cuidadosamente meditada, de tal forma que la solución al indudable problema social existente no conduzca a perder la cultura de pago tan profundamente arraigada en nuestra sociedad. Debe decirse, no obstante, que las discusiones no han sido estériles y que hemos podido encontrar numerosas coincidencias en los planteamientos de ambas partes, quedando abierta la vía del acuerdo en sede parlamentaria, cuando se tramite la convalidación del decreto ley del pasado jueves.
¿Hacia dónde se encaminarán las medidas que se adopten en un futuro próximo? Hay que distinguir un triple ámbito: la deuda, la garantía, y el procedimiento de ejecución. En cuanto al primero, hay que ser claros, las deudas deben pagarse. No puede haber atenuación a tal principio, pero sí medidas que eviten el sobreendeudamiento personal y que permitan en el futuro una mayor prudencia financiera por parte de deudor y de acreedor. En el ámbito de las garantías, cabe adoptar algunas medidas tendentes a evitar la sobretasación y a hacer a ambas partes corresponsables de una excesiva devaluación de la garantía (el Código de Buenas Prácticas ya contenía un regla de determinación de la quita basada en este principio). En una garantía excesivamente sobrevalorada concurren la responsabilidad del deudor y del acreedor y en el futuro debería deslindarse dicha responsabilidad sin que recayese sistemática y exclusivamente en el deudor. Finalmente el procedimiento de ejecución hipotecaria, tanto judicial como extrajudicial, ha mostrado ciertas ineficiencias que han impedido lograr uno de sus objetivos primordiales: conseguir el mayor valor posible del bien subastado con el fin de lograr la mayor redención posible de la deuda. Es preciso, por último, lograr un verdadero mercado nacional de bienes subastados en el que existan múltiples ofertas competidoras, pero no debe perderse de vista que si se pretende transformar el proceso ejecutivo en declarativo, con infinitas discusiones sobre los derechos de las partes, la garantía hipotecaria perdería su eficacia con el lógico encarecimiento del crédito.
El problema de los desahucios es sumamente complejo y cualquier medida que se adopte debe ser cuidadosamente valorada con el fin de no producir consecuencias impredecibles e irreparables. Pero también parece evidente que en una situación de crisis como la que estamos padeciendo, en la que muchas familias se están quedando sin techo, en la que paradójicamente existen cientos de miles de viviendas vacías y en la que se está haciendo un gran esfuerzo colectivo para sanear el sector financiero, es obligación del Gobierno adoptar medidas en beneficio de los más desamparados. Así lo está haciendo.
Miguel Temboury Redondo es abogado del Estado y subsecretario de Economía y Competitividad.




TEXTO 2 (DESAHUCIOS)





Tribunas
El decreto debe taponar la hemorragia, evitando que se queden aún más familias en la calle. Pero lo más importante es tomarse el tiempo necesario para hacer una reforma legislativa que impida los actuales abusos
Manuela Carmena, Eduardo Leira Sanchez. 16/11/2012 00:08
Los desahucios se han convertido en una emergencia nacional. Habrá que felicitarse, ya que constituye un logro de la sociedad civil, que ha conseguido movilizar a los medios y partidos, aunque para ello haya habido que llegar a la pérdida literal de vidas humanas. Parece que, in extremis,ante el dilema de si es más importante el pago de las deudas o las vidas humanas, la sociedad —que no seguramente el Bundesbank— duda. Sea bienvenida la duda. El problema planteaba la necesidad de un real decreto inmediato, mientras se revisaba la legislación. El decreto está ya decidido y ahora hay que discutir su alcance y su contenido. Pero también hay que hacer hincapié en otros mensajes:
1.Hay acuerdo en revisar la ley... pero es del 2000.
Se dice que es de 1909. De hecho resulta así, pero lo es por cuanto en el reciente 2000, cuando se aprobó la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, hoy vigente, no se modificó el vetusto enfoque, contenido y procedimientos de la legislación de 1946 y de 1909. En el año 2000 se estaban creando las bases de la burbuja inmobiliaria.
2.Ha cambiado todo y en 1978 se aprobó la Constitución.
Las razones que reclaman el cambio legislativo son tan llamativas como hasta ahora desatendidas. En 1946, y no digamos en 1909, a la inmensa mayoría de los solicitantes de hipotecas de hoy no solo no se las concederían, sino que seguramente no se les dejaría siquiera entrar en el banco. La legislación hipotecaria fue concebida para regular una relación inter pares,terratenientes/propietarios y banqueros, en que la solvencia previa se daba por supuesto. Era requisito. Si se solicitaba un crédito y se afectaba como garantía alguna propiedad, el valor de esta era usualmente superior al de aquel. La reconocida solvencia (y/o la amistad con el banquero) era lo que permitía la solicitud y concesión. En ese contexto, pudiera resultar coherente la ejecutividad de la regulación y tasar las razones de oposición, para evitar las dilaciones de los supuestos, que de entrada tendían a suponerse, de impago doloso.
¡Qué lejos queda ese escenario, entre iguales, del actual, con millones de casos! Con la “democratización” de hipoteca, es mediante esta que, quien la obtiene, alcanza precisamente su solvencia, al adquirir la condición de propietario.
El Derecho Civil, a diferencia de lo que ha ocurrido con el Penal, no ha hecho su necesaria adecuación constitucional. Las posibilidades que se abrieron con el reconocimiento de los derechos de los consumidores no se han abordado en modo alguno. Resulta evidente la actual indefensión legal de los prestatarios ante las entidades financieras. Estas no han tenido empacho en aprovechar las condiciones y ventajas que les proporciona un vetusto sistema concebido para otros actores y otras condiciones, pero que se viene aplicando, con síntomas claramente de abuso, en un escenario tan radicalmente distinto.
3.La Constitución va más allá: la vivienda es un bien protegible.
Tiende a olvidarse. Además de esa profunda transformación social, también con la Constitución irrumpe otro componente que tampoco se tuvo cuenta en la Ley del 2000. La Constitución incorporó la vivienda (digna) en tanto bien protegible, al menos de igual rango (algunos dirían que superior) al del pago de las deudas.
Esa novedad constitucional afecta pues, en principio, a la vivienda habitual, no a todos los bienes inmuebles que puedan ponerse como garantía hipotecaria. Estos, aportados por familias o empresas, cuando no son la vivienda habitual, se parecen algo más a lo previsto en su momento en la legislación hipotecaria. La distinción entre ambos tipos de hipotecas, que no se hace, se muestra entonces como crucial.
La pérdida de patrimonio es siempre un trauma, pero lo es aún en mucha mayor medida perder la vivienda habitual. Esa pérdida, además, es reconocida causa de exclusión social.
4.No hay datos para distinguir vivienda habitual y otras garantias.
Cuando se habla de los cientos de miles de desahucios, se refieren al conjunto de estos, sin distinguir los que son de vivienda habitual de los que responden a otros inmuebles, aportados como garantía hipotecaria. En las estadísticas oficiales, de los juzgados, ambos se mezclan, dando lugar, precisamente tras la burbuja, a un número ciertamente elevado.
El único caso que conocemos en que esa diferenciación se haya hecho es en un estudio realizado en el País Vasco, tomando una muestra de cuatro juzgados de Primera Instancia de Bilbao. El porcentaje de desahucios de vivienda habitual respecto al total era del 22%. Aunque no se conoce ese porcentaje en el global de desahucios en España, el estudio apunta a que los desahucios de vivienda habitual serán, se podría decir felizmente, muchos menos que las cifras totales que se manejan. Estos, se insiste, no se conocen.
5.Hace falta información urgente.
Ante ese desconocimiento, el decreto de emergencia tiene que abordar, junto a la suspensión de los lanzamientos, un proceso urgente de información, que permita elaborar un texto legislativo anclado en cifras ciertas.
La requerida suspensión debería afectar de entrada a todos los procedimientos de desahucio, mientras no se desglose el tipo de garantías que se ejecuta: vivienda habitual y otras. En el decreto se debería exigir a todas las entidades financieras con créditos hipotecarios, listados en los que se recojan, uno a uno, todos ellos. Los listados, exhaustivos, serían lógicamente despersonalizados. No haría falta que figurase la entidad financiera. La primera distinción sería entre hipotecas de vivienda habitual y el resto, diferenciando en este entre aquellas que son viviendas, otros inmuebles o locales y suelo. Las entidades financieras habrían de aportar esos listados con la máxima urgencia, en el plazo que fije el decreto. En tanto no lo hagan no podrá haber ningún lanzamiento, aunque se sigan tramitando expedientes de desahucios y, obviamente, pagando las cuotas de las hipotecas. Una vez distinguidos los dos tipos de créditos, vivienda habitual y resto, quizás se podrían volver a poner en marcha los lanzamientos en este segundo tipo.
Las entidades tienen que saber qué créditos corresponden a vivienda habitual.
6.Se requieren listados pormenorizados.
En ese primer listado de vivienda habitual se habría de exigir a las entidades financieras que incluyeran, para cada crédito: el municipio, el año de concesión, si se trató de la primera compra de vivienda o de mejora, mediante la venta a su vez de la anterior vivienda habitual, el valor de tasación de la vivienda, la cuantía del crédito, los años de amortización, la cuota mensual aproximada y, además, la estimación de ingresos anuales del prestatario sobre la base con la que la entidad concedió el crédito y si hubo o no avalistas.
Los listados de los créditos con garantía hipotecaria que no sean sobre la vivienda habitual podrían ser menos exhaustivos, pero convendría que fueran también pormenorizados y, en todo caso, con datos individualizados para cada crédito.
Esa información no se conoce. Las entidades financieras se han cuidado celosamente de guardarla. Sería fundamental para entender el fenómeno que ahora estalla como emergencia. Ayudaría a entender la “burbuja” misma y habría de ser la base, sobre todo, para la elaboración de la nueva legislación.
7.Un decreto de emergencia con una doble tarea.
El decreto habrá de taponar la hemorragia, impidiendo que se queden aún más familias en la calle, mientras que la elaboración de la nueva ley se toma ese tiempo imprescindible que se precisa para hacer una buena norma, respondiendo a razonamientos diversos y apoyada en datos ciertos, evitando volver a repetir lo ocurrido en el 2000 y lo que ha acontecido con los fallidos decretos del 2011 o del de hace escasos meses. Solo tras la aprobación de la nueva legislación se habría de levantar la suspensión de lanzamientos en vivienda habitual.
El decreto de emergencia debe permitir, aunque por ahora solo de forma provisional, que se haga aquí como parece que se hace en Francia, donde los lanzamientos se interrumpen en invierno. Fuera hace mucho frío; también en España.
Manuela Carmena fue magistrada y Eduardo Leira es arquitecto-urbanista.





2. RECORTES DE NUESTROS DERECHOS.


TEXTO 1



Cartas al director
Cartas al Director. 20/11/2012 00:08
El Gobierno de la Comunidad de Madrid sigue defendiendo la necesidad de poner el copago de un euro por receta. Supongo que cuando se toman este tipo de medidas hay profesionales que estudian todos los impactos que ello puede producir. Pero en este caso considero, desde mi profesión de médico, que están dejando fuera aspectos tan importantes como no valorar que muchas personas, y muy preferentemente los parados, las personas de bajos salarios y los jubilados, puedan dejar de comprar su medicación en cuanto los síntomas disminuyan; o peor aún, desde el primer momento. Esa forma de actuar les llevará a que su patología se agrave o complique con patologías asociadas, lo que originará un mayor coste para el sistema. Una patología de atención primaria puede en esos casos derivar, primero en más utilización de las consultas por agravamiento patológico, y en segundo lugar en la mayor necesidad de hospitalización y utilización de recursos más costosos como los quirúrgicos. Se sabe que los ingresos hospitalarios aumentan en torno a un 2% anual en los casos de abandono de tratamiento. ¿Nadie es consciente de esto? Y de lo más importante, del incremento del riesgo de los pacientes.— Rafael González.



TEXTO 2

Columnistas
Muchos expertos consideran peligrosa la ley de tasas judiciales que ha pasado por el Congreso
Soledad Gallego-Díaz. 18/11/2012 00:03

¿Qué lleva a un político a despreciar la opinión de absolutamente todo el mundo y a seguir adelante con un proyecto que multitud de expertos en el tema consideran no solo perjudicial, sino peligroso? ¿Qué lleva al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, a despreciar la opinión de la oposición en pleno, del Consejo General del Poder Judicial, de prácticamente todos los Colegios de Abogados de España y de innumerables asociaciones del mundo del derecho que le han pedido que reconsidere el proyecto de ley de tasas judiciales por temer que la nueva normativa afecte irreparablemente a la capacidad de los ciudadanos menos favorecidos a reclamar justicia?
Se diría que es un asunto grave, fundamental en un Estado democrático, algo que merece reposo, debate y la clara intención de lograr el mejor texto legislativo posible. Pero el ministro ha decidido justo lo contrario. El proyecto de ley fue aprobado a toda prisa en la Comisión de Justicia del Congreso, a la que de buenas a primeras se concedió capacidad legislativa plena, sin pasar por el pleno, y se encuentra ya en el Senado. En pocas semanas entrará en vigor. La nueva ley, una ley que afecta al importantísimo derecho de los ciudadanos a pedir justicia y a combatir las decisiones incorrectas de las administraciones, ha sido aprobada en una sala semivacía del Congreso porque los diputados de todos los grupos de oposición se marcharon de sus escaños, expresando así su enojo por lo que consideran el desprecio a los usos parlamentarios.
¿Se pueden aprobar leyes de tal calado sin sosiego, sin calma, sin debate? Si de lo que se trata, según el ministerio, no es de recaudar más impuestos, sino de hacer frente al problema de un exceso de litigiosidad, es decir, de un recurso excesivo a los tribunales, salta a la vista que es un tema muy delicado y que es importante lograr un equilibrio que permita atacar ese problema sin perjudicar un derecho fundamental y sin crear, por activa o por pasiva, la impresión de que existe una justicia a la que solo tienen acceso los ricos y poderosos. Ya están suficientemente deterioradas las instituciones en este país, como para que la arrogancia de un ministro apresurado sume una nueva sospecha.
Pero así va a ser, porque Ruiz-Gallardón no ha dado su brazo a torcer y ha preferido la velocidad a cualquier otro argumento. La nueva ley de tasas judiciales nace, no bajo la desconfianza de los ciudadanos de a pie, sino bajo la clara consideración de norma abusiva por parte de muchos de quienes la tienen que aplicar. “Esta ley es uno de los recortes de los derechos ciudadanos más graves de la democracia”, clamó, por ejemplo, el presidente del Consejo de la Abogacía Gallega.
¿Realmente cree el ministro que merece la pena imponer así su criterio? ¿Cómo cree que van a reaccionar los ciudadanos al saber que se imponen tasas judiciales, por primera vez, en la jurisdicción social, de manera que recurrir un despido puede costar ahora más de 500 euros y que ese medidas se le han ocurrido al Gobierno justo en el momento en que hay más personas que nunca, centenares de miles, expulsadas de sus trabajos? ¿Y que entre los eximidos de pagar las nuevas tasas están los deudores, es de suponer que los bancos o entidades financieras que reclamen préstamos o créditos no abonados?
El ministro asegura que el sistema judicial está colapsado y que en España existe un índice de litigiosidad superior a la media europea. Es cierto. Y seguramente hay que reformar el sistema para aliviar ese problema. La cuestión es cómo. ¿De la forma brutal que propone la ley? ¿O de la que defienden desde hace tiempo expertos de medio mundo para quienes los incrementos de tasas tienen que tener en cuenta que no son lo mismo los ciudadanos de a pie que reclaman, equivocadamente o no, su derecho a la justicia, que las grandes empresas, que son realmente las principales usuarias del sistema judicial? El informe elaborado por el CGPJ (e ignorado por el ministro) explica que el primer objetivo de la nueva ley de tasas es claramente “reforzar la financiación de la justicia” y, solo de manera secundaria, reducir la litigiosidad. Para eso lo que hay que establecer es un sistema de solución extrajudicial de conflictos, con procedimientos como la conciliación o la transacción. Pero de eso no se habla en la ley.




3. MOVIMIENTOS DE PROTESTA CONTRA EL SISTEMA.


Tribunas
Los asientos vacíos en el Parlamento podrían servir para recordar el descontento de muchos ciudadanos
Jorge Urdanoz Ganuza. 20/11/2012 00:07

Como casi todo en la tradición democrática, la reivindicación de los escaños en blanco – esto es, la propuesta de que los votos en blanco obtengan representación parlamentaria mediante escaños vacíos – conoció un origen netamente popular. Vio la luz allá por el año 2000 en el seno de pequeños movimientos sociales de base y, tras ello, la abrazaron los indignados y el movimiento del 15-M. Pero, habida cuenta de que ha sido nada más y menos que uno de los padres de la constitución, Miguel Roca, quien ha tenido a bien abanderarla (véase su entrevista en EL PAÍS, 4 de agosto), nada le impide ya llamar a la puerta de los debates institucionales.
Los argumentos que el propio Roca ofrece en su defensa —“que el desengaño se visibilice con un montón de escaños vacíos que, además, les obliguen (a los partidos) a pactar”— ya resultarían suficientes para iniciar una conversación pública al respecto. Pero cabe traer a colación unos cuantos más.
Los votos en blanco vienen configurando una singular paradoja representativa. Se supone que persiguen hacer público tanto su respaldo al sistema democrático como su rechazo a las variadas alternativas existentes (esto es, a los diferentes partidos políticos). Y, sin embargo, son esos mismos votos favorables al sistema político los que el sistema político se encarga de ignorar.
Los votos en blanco se computan, pero no se representan. Obtienen una mención en el recuento durante la jornada electoral y un asiento contable en los resultados del BOE, pero, más allá de eso, carecen de presencia política. Que ni siquiera modifiquen el quorum es revelador: a efectos prácticos, entre votar en blanco y abstenerse no hay ninguna diferencia.
Si se transformaran en escaños vacíos, esos votos adquirirían representación política, no meramente aritmética. Reseñarían el descontento de una parte de la ciudadanía que se identifica con los grandes rasgos del sistema representativo —elecciones periódicas, gobernantes sujetos a la voluntad del electorado, estado de derecho— pero que no encuentra a nadie en quien confiar a la hora de destinar su voto. La sola presencia de esos escaños huérfanos supondría una demanda de novedades en la oferta política, tornando el sistema más dinámico y competitivo.
Así las cosas, no es de extrañar que en apenas una década la reivindicación haya encontrado un respaldo social considerable que todo indica que no hará sino aumentar. Los motivos para la actual desafección hacia los políticos son desde luego muchos y complejos, y de hecho el fenómeno es considerablemente anterior a la crisis económica que padecemos. Pero no parece descabellado sugerir cierta relación entre el raudo éxito de la demanda de los escaños en blanco y la creciente pérdida de soberanía por parte de los estados. Un vaciado del poder estatal que es desde hace tiempo vox populi en la academia, y que no podía dejar de tener consecuencias prácticas entre la ciudadanía.
El antiguo estado-nación se relacionaría así con votos en blanco meramente computables, cuya sola significación sería la del descontento con las diferentes ofertas; pero al estado-globalización actual le concernirían más bien los votos en blanco representados. Representados por escaños vacíos que, además de lo anterior, reflejarían también la impotencia de la política estatal en ciertas áreas y la demanda ciudadana de instituciones realmente soberanas sin cuya existencia la democracia deviene tan sólo una cáscara institucional vacía.
No es poco, por tanto, lo que atesora en su interior la iniciativa. La ciudadanía se encontraría representada con mayor exactitud y justicia. El sistema se tornaría más competitivo. Muchos ciudadanos suscribirían con su voto lo que es ya un lugar común en cualquier análisis político medianamente lúcido y no teñido de electoralismo partidista: que donde no hay soberanía, no puede haber democracia. Y lo harían señalando a la vez que su fe en los ideales democráticos se mantiene pese a todo incólume, y que por tanto no han sido tentados ni por alternativas populistas ni por otras de otro cariz, todavía más funesto. Además —y aunque en muy último lugar— resultaría más barato. ¿Por qué razón que no fuera el propio interés podría alguien (o algo, como por ejemplo un partido político) estar en contra?
Ahora que uno de los padres de la constitución ha otorgado su nihil obstat a la propuesta, toca esperar y ver qué responden al respecto los diferentes partidos, en especial los dos grandes. Entonces veremos no solo lo que los escaños en blanco significan, sino además lo que traslucen, lo que dejan ver, lo que transparentan. Después de todo, si no son los ideales representativos los que guían nuestro juicio, la medida no sólo supone menos escaños a repartir, sino además introducir a otro competidor en la carrera, otro al que muchos de mis votantes pueden libremente elegir. Mejor no darles la oportunidad siquiera. En ese sentido, todo indica que los escaños en blanco resultarán también transparentes a la hora de desvelar cierta concepción de la voz “democracia”… pero esa es otra historia, y ha de ser contada en otra ocasión.

Jorge Urdánoz Ganuza es profesor de Filosofía del Derecho y del Master de Derechos Humanos de la Universidad Oberta de Catalunya.



Jaque perpetuo
Carlos Sánchez Almeida (abogado).
20/XI/12

Cerrado por reformas

La Constitución garantiza en su artículo 20 la libertad de expresión, pero escribir en la red se está convirtiendo en un deporte de riesgo.

La Constitución garantiza en su artículo 21 la libertad de reunión pacífica y sin armas, sin necesidad de autorización previa, pero fuerzas parapoliciales sin identificar reprimen con impunidad el ejercicio libre del derecho de manifestación.
La Constitución garantiza en su artículo 23 el derecho de participación en asuntos públicos, pero la reforma de la Ley Electoral obliga a conseguir avales para ejercer el derecho de sufragio pasivo.
La Constitución garantiza en su artículo 24 la tutela judicial efectiva de los derechos, pero la ley de tasas judiciales solo permite litigar con garantías a los ricos.
La Constitución garantiza en su artículo 25 que las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados, pero la próxima reforma del Código Penal Gallardón pretende establecer la pena de cadena perpetua bajo el eufemismo de prisión permanente revisable, un repugnante oxímoron.
La Constitución garantiza en su artículo 27 el derecho a la educación, pero parece que el ministro Wert pretende subordinarlo al significado en alemán de su apellido, confundiendo valor con precio.
La Constitución garantiza en su artículo 28 el derecho a la huelga, pero últimamente hasta hablar de ello supone afrontar el riesgo de represión, y hasta la pérdida de la visión.
[Tradicionalmente se festejaba el aniversario de la aprobación en referéndum de la Constitución mediante unas jornadas de puertas abiertas en el Congreso de los Diputados.] Este año dicha visita ha sido suspendida por obras. Unas obras que también deben afectar a los derechos fundamentales, al parecer subordinados al pago de la deuda bancaria.
Por los anteriores motivos, este blog se declara en suspenso por obras. Como dije al escoger el nombre de este sitio, el jaque perpetuo es una táctica de guerrilla, que en ajedrez conduce inexorablemente a las tablas, a menos que una de las partes rompa las reglas del juego.

4. CRÍTICA A LA PASIVIDAD CIUDADANA ANTE LA CRISIS


Columnistas

Esas aceras por las que volvíamos de la escuela están ahora llenas sólo de abuelos
Elvira Lindo. 21/11/2012 00:09

Un país con pocos niños es triste. Una sala de cine vacía también lo es, aunque no sea comparable el dramatismo de los dos escenarios. Los nacimientos decrecen en España. En las razones para este descenso intervienen el aumento de la emigración y el descenso de la inmigración. Pero en los análisis que se han hecho de esta mala noticia —mala, en un puro sentido económico; mala también en cuanto a que provocará decadencia social— no encuentro que se contemple uno de los temores que desde hace ya unos años paraliza la voluntad de tener descendencia: ¿es este el mundo que deseo para un hijo?, ¿podré hacer frente a su educación?, ¿perderé mi trabajo?, ¿tendré dinero para una canguro?, ¿cuántas horas podré estar con la criatura? Las parejas rumian todas esas cuestiones. Los hay que pueden independizarse, también los hay que lo han conseguido, pero lo que ganan no les da para tener familia. La pregunta es cómo se las apañaba la gente en la época del hambre, por ejemplo. Naturalmente, los hijos venían en muchas ocasiones cuando menos se les esperaba. No había planificación familiar y el sentido de la independencia y la intimidad en un hogar eran distintos. Ya no somos como éramos.
Cuando vuelvo a mi viejo barrio no puedo evitar que me invada la pesadumbre: no hay niños. El entramado urbano nacido del optimismo social de los sesenta ha cambiado. Esas aceras por las que los niños volvíamos de la escuela están ahora llenas solo de abuelos. Eso es lo triste: solo hay una edad, la tercera. Recuerdo que los viernes decenas de niños hacíamos cola para la sesión doble infantil del cine Moratalaz. El espectáculo éramos nosotros. Aquel cine ya no existe. Para colmo, la Comunidad de Madrid anuncia que se acaba eso de que los abuelos paguen solo un euro los martes en las salas. O sea, que unos no nacerán, y otros se van a morir de aburrimiento.




Lo que permite y fomenta que este país sea una maldita cueva de ladrones es nuestra añeja y bárbara carencia de conciencia social
Rosa Montero. 29/01/2013 00:16
Cuando creíamos haberlo visto todo en cuestiones de corrupción, llegan nuevos casos a rizar el rizo y dejarnos bisojos. La situación degenera rápidamente: ahora ya no solo malversamos y cometemos irregularidades a troche y moche, sino que además hacemos el ridículo con petardas del nivel de Zoe Alameda y su comunicado delirante. Por todos los Santos, ¡ya es que no somos competitivos ni para robar (presuntamente)!
Me pregunto si será por eso, por esa falta de elegancia y de profesionalidad en el latrocinio (reconozcamos que lo de los trajes y los pelucos de oro de Gürtel fue otra horterada), por lo que al PP se le ha ocurrido la peregrina idea de educar a los niños desde los 11 años en temas fiscales. Sostienen los peperos que así cumplirán con Hacienda al ser mayores, pero a mí me parece un argumento absurdo. Porque para no defraudar no es necesario tener formación fiscal, sino moral. Lo que permite y fomenta que este país sea una maldita cueva de ladrones es nuestra añeja y bárbara carencia de conciencia social; haber nacido y crecido en un país estructurado en hordas en el que lo público no es de nadie y en donde el bien común es considerado como el coto de caza y principal proveedor de la riqueza de tu tribu: por eso quienes más roban al Estado han sido siempre vistos como unos lumbreras admirables y simpáticos. Menos mal que la cruda situación que ahora vivimos está haciendo que esos golfos nos empiecen a parecer cada día un poco menos listos y bastante más guarros (puede que al final termine saliendo algo bueno de esta asquerosa crisis). En cualquier caso, ese es el único camino posible de regeneración social: tenemos que cambiar nuestros valores desde dentro. Sin esa base ética, me temo que enseñar trucos fiscales a los niños solo conseguiría convertirlos en defraudadores más competentes.




España se ha permitido el lujo de tirar cerebros a la basura durante siglos, lo que equivale a un crimen histórico contra la inteligencia
Manuel Vicent. 27/01/2013 00:21
 
Ningún cerebro humano es mejor que otro al nacer, en cualquier rincón del mundo. El cerebro es, sin duda, la principal fuente de riqueza, la única energía realmente sostenible, renovable e inagotable. España se ha permitido el lujo de tirar cerebros a la basura durante siglos, lo que equivale a un crimen histórico contra la inteligencia, el mismo delito que se comete hoy cuando se recorta el presupuesto de educación. Recuerdo a algunos compañeros de escuela en el pueblo, cuyo talento fue desperdiciado por la pobreza y la incuria de la posguerra. Eran inteligentes, despiertos, ávidos por aprender. Pudieron haber sido ingenieros, médicos, científicos. A varias generaciones de niños como aquellos con los que yo jugaba en el recreo, la España negra solo les dejó las manos para trabajar. En pleno franquismo tres millones tuvieron que irse de peones a Europa. Sucedió lo mismo cuando en plena fiebre del ladrillo España se vio inundada por oleadas de inmigrantes. Nuestro territorio se hallaba situado en el lugar geográfico ideal: a solo 11 kilómetros de África, con la ventaja del mismo idioma para los latinoamericanos y un sol de invierno radiante contra el frío de los países del Este y encima en este caso tampoco se requería ninguna preparación, ninguna ciencia, solo las manos para subir al andamio, servir copas, recoger fruta y limpiar retretes. El desprecio de nuestro país por la inteligencia ha producido varias diásporas. En el siglo XV los cristianos expulsaron a los judíos; la Inquisición llevó a la hoguera o metió en las mazmorras a quienes se atrevían a investigar. Los sucesivos espadones del siglo XIX llenaron Francia e Inglaterra de liberales españoles que huyeron para salvar el pellejo, entre ellos Goya y Blanco White, pero eso no fue nada si se compara con el medio millón de republicanos que fueron brutalmente condenados al exilio al final de la Guerra Civil junto con nuestros mejores intelectuales, escritores y científicos. Ahora llega la última diáspora. La desidia y el desprecio por la inteligencia están produciendo una fuga de cerebros. Jóvenes científicos, biólogos, ingenieros, tenazmente preparados aquí, cuya energía intelectual es la única fuerza genuina para salir de la crisis, se van fuera a dar sus frutos. La maldición de siempre.





El informe sobre la mala calidad de las hamburguesas llega en un momento en que, por lo menos a mí, no me surte ya el menor de los efectos
Maruja Torres. 31/01/2013 00:13
El informe de la OCU sobre la mala calidad de las hamburguesas nos llega en un momento en que, por lo menos a mí, no me surte el menor de los efectos. Tengo el paladar insensibilizado a fuerza de tragar ruedas de molino y una serie de camiones con tráiler. Por ejemplo, estoy tan curtida —esos suizos avisando a Bárcenas de que se le estaba investigando, ese caballerete afín a las infantas insinuando, con su presencia en las operaciones del yerno, que la Casa del Rey le apoyaba; tanta ocultación, tantos enjuagues—, que empiezo a creer a pies juntillas que Gas Natural se propone dejar Doñana como un queso, al tiempo que respeta la sostenibilidad del parque natural y la vida en libertad del muy preciado lince ibérico. Es más, estoy decidida a admitir que los efluvios de gas que puedan producirse colocarán al lince y le darán una vida mucho más agradable que la nuestra, que se produce a pelo, todos los días y sin marihuana.
Por consiguiente, que decía Felipe González, estoy dispuesta a aceptar que el hecho de que el expresidente socialista esté ahora en Gas Natural, aportando su ciencia infusa, no tiene nada que ver con que hasta hace poco cultivara bonsáis, o lo que hiciera o hiciese, en el patronato de Doñana, por no hablar de sus anteriores periodos vacacionales. En realidad, si una se mete en las páginas que la mencionada multinacional energética mantiene en la Red, coge un violín y, haciendo sonar una melodía bucólica, mira el apartado “Nuestro compromiso con el medio ambiente”, una descubre que aparece la foto de unas manos sosteniendo una planta enana. ¿Es el propio Felipe?
De modo que, por mí, no se preocupen los fabricantes y expendedores de hamburguesas-basura. Vivo una vida basura. Trago mierda todos los días.


5. NACIONALISMOS (INDEPENDENCIA).


Tribunas
La legalidad constitucional no puede ser violada unilateralmente. Pero una comunidad debe disponer de medios para resolver conflictos sobre los objetivos de su pacto social. Las fórmulas son negociables
José Ignacio Torreblanca. 21/11/2012 00:09

Un país que se enfrente a circunstancias extraordinarias puede considerar que los procedimientos existentes no son adecuados o resultan insuficientes para resolver los problemas a los que se enfrenta. De ahí que sea legítimo plantearse la cuestión de qué normas o instituciones debe cambiar y, a la vez, cuáles debe preservar. El equilibrio entre estos dos extremos es de todo menos fácil. Por un lado, el peligro de cambiar las reglas del juego bajo la presión de la necesidad y la urgencia es degradar el valor de esas normas y la confianza de la gente en ellas. Pues si las normas se suspenden o se cambian en situaciones críticas, ¿para qué están entonces? Pero por otro lado, debemos considerar hasta qué punto debemos ser flexibles y aceptar entablar una discusión sobre qué normas y qué procedimientos debemos modificar, incluidas aquellas de rango constitucional. Lo hemos hecho, recordemos, en el contexto de esta crisis (al introducir los límites al déficit en el texto constitucional) con el fin de asegurar nuestra supervivencia económica. No hay pues ninguna razón para que no podamos hacerlo para asegurar nuestra supervivencia política.
Todo esto viene al caso del debate abierto en torno a la posible realización de una consulta independentista en Cataluña. Pues al igual que el fin no justifica los medios y en modo alguno se debería aceptar que la legalidad constitucional fuera violentada unilateralmente, también es cierto que considerar materialmente imposibles fines como la secesión cualesquiera que sean los procedimientos que se utilicen para llegar a ellos carece igualmente de sentido y constituye un elemento deslegitimador del sistema político.
No dejaría de resultar paradójico que un país como España, que ha llevado a cabo un proceso de transición considerado generalmente modélico en cuanto a su capacidad de invertir de forma pacífica un marco político autoritario y trocarlo en democrático sin llevar a cabo una ruptura desde el punto de vista legal, se encontrara ahora en una situación en la que su rigidez constitucional le abocara a un conflicto de legitimidades entre el marco jurídico-legal (la Constitución) y un nuevo marco político que, de forma pacífica y mayoritaria, abogara desde Cataluña por realizar una consulta en torno a la independencia. Porque esa es la situación que se viene configurando en los últimos meses, el de un escenario en el que se enfrentaran dos legitimidades, la formal-constitucional, que prohíbe tanto los referendos unilaterales como la secesión de una parte del territorio, y una legitimidad democrática surgida del pronunciamiento mayoritario de los representantes electos o, posteriormente, de una mayoría relevante de la población catalana.
Desactivar el choque de trenes entre esas dos legitimidades es imperativo pues de él nadie saldrá ganando, ni en Cataluña, ni en el resto de España, ni en Europa. Volvamos pues la mirada sobre el reformismo que evitó un gran desgarro en la España de los años setenta ya que sigue siendo un buen modelo para resolver los problemas del futuro. Si los constituyentes de 1978 dotaron a España de una Constitución sumamente rígida fue más por miedo a una involución democrática y por la necesidad de preservar los delicados equilibrios políticos, sociales y territoriales en los que se asentó la transición que por un desprecio de la flexibilidad y el reformismo, que está en su código genético. Claramente, las mejores décadas de nuestra historia han venido de la mano de un reformismo continuado y de la construcción de puentes entre ideologías y territorios, no de la ruptura. España es una sociedad plural y a la vez plurinacional, donde como demuestran reiteradamente los procesos electorales celebrados en Cataluña y el País Vasco, el juego político es un tira y afloja entre minorías que son lo suficientemente amplias como para tener que ser incluidas o, por lo menos, no marginadas, y mayorías que normalmente son demasiado exiguas y transitorias como para gobernar de forma hegemónica o cambiar unilateralmente el marco jurídico-político. Pese a las transformaciones cruciales que ha experimentado España en estos últimos treinta años, esa doble pluralidad sigue estando ahí y ejerciendo un papel moderador. No mostrar ahora la flexibilidad y la voluntad de diálogo y compromiso que se mostró entonces sería una traición a ese espíritu que animó el retorno de la democracia a España.
Como muestran los casos de Quebec o Escocia, que nada obligue a un Estado a tomar en cuenta las aspiraciones secesionistas de un territorio (pues ni en el derecho internacional existe, más allá de los casos de descolonización, un derecho a la autodeterminación ni es preceptivo que una constitución democrática incluya el derecho a la secesión) no significa que una comunidad política pueda soslayar indefinidamente la toma en consideración de la voluntad de una parte de la población de separarse del Estado, si esta existiere, y de hacerlo mediante un proceso democrático.
A fecha de hoy, los catalanes son ciudadanos de una democracia occidental que, a su vez, es miembro de la Unión Europea y del Consejo de Europa por lo que automáticamente gozan del máximo nivel y protección de derechos políticos, económicos y sociales existentes en el mundo. Es pues a los independentistas a los que corresponde valorar cuál sería el coste de una secesión unilateral y no pactada que no fuera acompañada de un acuerdo con un Estado, el español, que es miembro de la UE. Por eso, aunque para cualquier Gobierno español, hacer de un bloqueo de la adhesión de una Cataluña independiente una cuestión de principio o blandir este como amenaza no es una posición razonable, tampoco le puede ser exigible que se pliegue sin más a convalidar internacionalmente una secesión no pactada constitucionalmente. Pero al igual que el fin no justifica los medios ni los partidarios de la independencia pueden pretender sin más saltarse el marco legal existente, una comunidad debe disponer de medios con los que resolver conflictos acerca de los fines últimos de su pacto social. Por eso, mientras que los sentimientos de identidad y pertenencia a la nación son inconmensurables y no pueden negociarse ni dividirse, los procedimientos sí que lo son.
Las próximas elecciones catalanas confirmarán hasta qué punto los ciudadanos de esa comunidad validan con su voto la idea de recorrer el camino hasta la independencia mediante una consulta soberanista. Aceptar esa consulta, aun a riesgo de perderla, es mejor que rechazar de plano su mera posibilidad. Ello no solo invalidaría la estrategia victimista y deslegitimadora de la que hacen gala muchos independentistas, sino que permitiría al Gobierno recuperar la iniciativa, tanto en lo referido a las negociaciones de los aspectos sustantivos (Estatuto, concierto fiscal, etcétera) como en lo referido a los procedimientos pues el Estado, una vez aceptada la consulta, sí que tendría toda la legitimidad, vía las Cortes Generales, para decidir acerca de los plazos y, sobre todo, la formulación de la pregunta o preguntas y, a posteriori, la gestión de sus consecuencias legales o constitucionales.
Por eso, al igual que el Estado no puede rechazar indefinidamente la celebración de una consulta soberanista, siquiera como posibilidad, tampoco debería aceptarla sin más. Esa consulta tendría que estar situada dentro de un proceso, una “hoja de ruta” donde, idealmente, esta se produjera solo al final, como instrumento ratificador de un acuerdo o, eventualmente, de un fracaso. Eso abriría la oportunidad de comenzar a pensar en cómo podrían los partidarios de la unidad ganar esa consulta, cuestión a la que entre prohibiciones, amenazas y descalificaciones, ni el Gobierno, ni la oposición, ni la opinión pública parecen haber dedicado mucho tiempo. Porque si resulta que en su fuero íntimo, el Gobierno, la oposición y la mayoría de la sociedad española están convencidos de que no disponen de argumento de peso u oferta política o económica alguna que pudiera inclinar la balanza del lado de la permanencia en España en caso de una eventual consulta, entonces el escenario al que nos enfrentamos es mucho peor de lo que imaginamos ya que, ciertamente, iríamos a ese choque de trenes entre las dos legitimidades. Por ello, más que negarse a una consulta, Gobierno y oposición deberían plantearse cómo construir una opción de permanencia en España que fuera atractiva para una amplia mayoría de ciudadanos de Cataluña y que, en tanto en cuanto resolviera los mismos problemas a un coste menor y con un beneficio mayor, permitiera acreditar y ameritar la permanencia como una opción de mayor valor que la secesión.
José Ignacio Torreblanca es Profesor en la UNED y miembro del Círculo Cívico de Opinión.